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El TSJ de Cataluña confirma la condena a PROSEGUR SISE por vulneración de derechos fundamentales

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24 de febrero de 2026
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El TSJ de Cataluña confirma la condena a PROSEGUR SISE por vulneración de derechos fundamentales

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado íntegramente la condena impuesta a PROSEGUR SOLUCIONES INTEGRALES DE SEGURIDAD ESPAÑA S.L. por vulneración de derechos fundamentales, tras el recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 27 de Barcelona.

La resolución, Sentencia nº 863/2026 (Recurso de Suplicación 4207/2025), desestima el recurso empresarial y ratifica que la actuación de la empresa constituyó una vulneración de la garantía de indemnidad.

Se confirma la existencia de represalia

El Tribunal respalda el criterio de la sentencia de instancia, que declaró acreditado que la actuación empresarial no fue una mera reorganización de servicios, sino una reacción frente al ejercicio legítimo de derechos laborales y sindicales.

La garantía de indemnidad protege a los trabajadores frente a cualquier represalia derivada de haber reclamado derechos o haber acudido a la vía judicial. El Tribunal Superior confirma que dicha protección fue vulnerada.

Condena clara y con consecuencias

La sentencia confirma:

  • La obligación de reponer al trabajador en las condiciones laborales anteriores al cambio de servicio comunicado en marzo de 2022, restituyéndolo a su destino en el servicio de Inditex Sallent.

  • La condena a la empresa al abono de 10.000 euros en concepto de indemnización por daños morales derivados de la vulneración del derecho fundamental.

No se trata de una cuestión menor ni de una discrepancia interpretativa. Estamos ante una resolución en materia de tutela de derechos fundamentales, lo que implica una afectación directa a garantías constitucionales.

La empresa pierde también en suplicación

PROSEGUR SISE no solo fue condenada en primera instancia, sino que intentó revertir el fallo mediante recurso. El Tribunal Superior ha sido contundente al desestimar sus argumentos y confirmar íntegramente la condena.

La justicia vuelve a señalar que el ejercicio de derechos laborales no puede convertirse en motivo de perjuicio profesional.

Alternativa Sindical seguirá actuando

Desde Alternativa Sindical reiteramos que no toleraremos actuaciones empresariales que busquen disuadir o castigar el ejercicio legítimo de derechos.

Cuando se vulneran derechos fundamentales, respondemos.
Cuando se producen represalias, denunciamos.
Y cuando la empresa recurre para eludir responsabilidades, sostenemos la defensa hasta el final.

Esta sentencia refuerza un mensaje claro para toda la plantilla: reclamar legalidad no es sancionable y la acción sindical está protegida por el ordenamiento jurídico.

Seguiremos vigilando el cumplimiento íntegro de la resolución judicial y actuaremos ante cualquier nuevo incumplimiento.

Los derechos fundamentales no se negocian.
Se defienden.

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