¿Prefieres más dinero mes a mes o extras en Marzo, Julio y Diciembre?
En determinados momentos, muchos trabajadores prefieren tener sus pagas extraordinarias prorrateadas a lo largo del año. Esto puede ayudar a mejorar la planificación financiera mensual, especialmente cuando los ingresos son ajustados. En Alternativa Sindical defendemos el derecho a elegir cómo se perciben las pagas, y por eso te facilitamos este modelo oficial para solicitar el prorrateo de las pagas extras, ajustado al convenio del sector de la seguridad privada.
⚖️ ¿Qué dice el convenio?
El artículo 71.3 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad Privada establece que el trabajador podrá solicitar el prorrateo de las pagas extraordinarias de marzo, julio y diciembre. Este derecho no requiere justificación ni aprobación por parte de la empresa, aunque debe solicitarse de forma expresa y por escrito.
Esto significa que:
- Puedes pedir que las pagas se dividan en doce mensualidades.
- El prorrateo incluye las tres pagas extras previstas en el convenio.
- Debes presentar la solicitud con suficiente antelación para que la empresa lo aplique correctamente.
📋 ¿Cuándo conviene prorratear?
El prorrateo puede ser útil si:
- Tienes gastos mensuales elevados o fijos y necesitas ingresos más estables.
- Prefieres evitar los “picos” de ingresos en verano o navidades.
- Quieres mejorar tu capacidad de ahorro mensual o cumplir con pagos recurrentes.
Por el contrario, si prefieres contar con pagas extraordinarias “completas” en momentos puntuales del año, no deberías prorratearlas. En cualquier caso, la decisión es personal y totalmente voluntaria.
📝 ¿Qué incluye este modelo?
- Tus datos personales, empresa y servicio asignado.
- Mención directa al artículo 71.3 del convenio.
- Espacio para indicar la fecha a partir de la cual debe aplicarse el prorrateo.
- Firma del trabajador y casilla para acuse de recibo por parte de la empresa.
📥 Descarga aquí el modelo en PDF:
👉 Descargar solicitud de prorrateo de pagas extras
📣 Consejo Alternativa: Guarda una copia de la solicitud con el sello o firma de la empresa para que quede constancia de la entrega. Si pasado un mes no se ha aplicado, consulta con nosotros: te asesoramos para reclamar correctamente.
Además, recuerda que este prorrateo no afecta al importe total que recibirás, solo a la forma en la que se reparte a lo largo del año.
¿No sabes si te conviene pedirlo o quieres calcular cuánto cobrarías mes a mes? Escríbenos, estamos para ayudarte.








